El 50% de los reglamentos de los colegios no se ajusta a la legislación vigente en el país


Es lo que descubrió un estudio del Centro de Investigaciones Jurídicas de la U. Diego Portales, encargado por la Unicef y el Ministerio de Educación. El informe analizó 189 reglamentos de colegios municipales y particulares subvencionados, aunque también incluyó algunos particulares pagados.

Los que más cumplen con la normativa vigente son los municipales: el 51,3%. Los que menos se ajustan a la ley son los subvencionados: el 55,2% está fuera de norma. Entre los particulares analizados, la mitad cumple.

Los expertos analizaron cinco dimensiones: las de participación de padres y alumnos; la de discriminación, frente al embarazo y VIH, conductas sexuales, religión, raza o etnia; el acceso a la educación y la permanencia en ésta, debido a problemas en el pago de las colegiaturas o a mal rendimiento académico; el debido proceso y la presentación personal de los escolares. En cada aspecto analizaron qué decía la normativa en el país, a través de leyes, la Constitución y tratados internacionales que ha firmado Chile, y las directrices que ha dado el Mineduc. Bastaba con que el colegio no cumpliera en una de ellas para que fuera clasificado como "no ajusta".

LO BUENO Y LO MALO
La discriminación por embarazo y VIH, raza u origen étnico y creencias religiosas está cada vez más desarraigada de los establecimientos. Tampoco los colegios discriminan por rendimiento: sólo el 2,6% declara suspender la matrícula a sus alumnos por malas notas. "Aunque en la investigación cualitativa, que se hizo con entrevistas a docentes, reconocían que eso se veía caso a caso. Es decir, un alumno con buena conducta tenía más posibilidades de permanecer en el colegio si tenía malas notas. Debiera haber reglas claras para todos", dice Daniel Contreras, consultor de Unicef.

Donde los colegios están en deuda es en relación con la regulación del comportamiento sexual. Casi cuatro de cada 10 no se ajusta a la normativa. Es decir, prohíben las muestras de afecto entre los alumnos en el patio e, incluso, en las cercanías del colegio, lo que invade la vida privada de los alumnos. "En la Constitución, en sus artículos 1 y 19 establece la libertad de las personas en ese ámbito y también lo hace la Convención de Derechos del Niño en su artículo 2", dice el consultor de la Unicef.

La otra deuda dice relación con el debido proceso. La Constitución establece, por ejemplo, que toda persona tendrá derecho a ser escuchada e informada de la sanción y a tener una instancia de apelación. Sin embargo, el 38% de los colegios contraviene las normas en ese sentido. No establecen, por ejemplo, que antes de una anotación negativa, el niño tiene derecho a hacer sus descargos, tampoco tienen una instancia de apelación, como sí sucede en los colegios norteamericanos, donde ese rol lo ejerce el consejo escolar, que también es integrado por alumnos.

Además, en muchos casos las sanciones son desproporcionadas respecto de la falta y, en el 43,8% de los casos los castigos no tienen un sentido pedagógico. Ejemplo: si un niño llega atrasado a clases, no puede ingresar durante la primera hora y tiene que quedarse, al finalizar la jornada, una hora más en el colegio. "Y ni siquiera se dice para qué se va a usar esa hora extra", señala Contreras.

Y agrega: "Los reglamentos no deben transformarse en un código penal; deben tener un sentido pedagógico. Muchas escuelas no saben cómo perpetuar la autoridad y caen en el autoritarismo".